Cuando un niño en Colombia no puede permanecer de forma segura con su familia, no queda solo: el Estado activa un sistema de protección coordinado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Dentro de ese sistema, las casas-hogar y otras modalidades de cuidado cumplen un papel clave. En esta guía explicamos qué son, cómo funcionan, qué dice la ley y cómo las fundaciones como la nuestra complementan ese trabajo.
¿Qué es una casa-hogar y para qué sirve?
Una casa-hogar es una de las modalidades de cuidado en un entorno distinto al de la familia de origen. Acoge a niñas, niños y adolescentes cuyos derechos han sido amenazados o vulnerados, mientras la autoridad competente define su situación. Ofrece alojamiento, alimentación, acompañamiento psicosocial, educación y atención en salud, con el objetivo de garantizar su bienestar y, siempre que sea posible, preparar el reintegro a su familia o a una familia extensa.
La medida de ubicación en una casa-hogar (o en cualquier modalidad de protección) busca ser temporal. El principio rector es el interés superior del niño y la prevalencia de su derecho a crecer en una familia.
El marco legal: la Ley 1098 de 2006
La columna vertebral de la protección infantil en Colombia es la Ley 1098 de 2006, conocida como Código de la Infancia y la Adolescencia. Esta ley establece las normas para garantizar a niños, niñas y adolescentes su desarrollo pleno y armónico, y define el Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD): el conjunto de actuaciones que la autoridad administrativa adelanta cuando verifica una amenaza o vulneración de derechos.
El PARD lo lidera una autoridad administrativa —el Defensor de Familia o el Comisario de Familia— que evalúa cada caso y decide la medida más adecuada. El ingreso a una modalidad de protección ocurre cuando se constata que la familia no está garantizando los derechos del niño por razones como abandono, violencia intrafamiliar, negligencia, desnutrición o situaciones de riesgo grave.
Las modalidades de protección del ICBF
El ICBF y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar contemplan varias modalidades de cuidado fuera del entorno familiar de origen. Las principales son:
- Hogar sustituto: una familia voluntaria acoge temporalmente en su propia casa a un número reducido de niños —entre uno y tres, y hasta cinco en el caso de grupos de hermanos— para ofrecer un entorno familiar mientras se resuelve su situación.
- Casa-hogar: modalidad de cuidado grupal con acompañamiento residencial y atención integral.
- Internado: atención institucional las 24 horas, los 7 días de la semana, para niños cuyos derechos han sido vulnerados y que requieren una atención especializada.
- Hogar de paso / casa de acogida: acogida inmediata y transitoria para responder a una urgencia mientras se valora el caso.
- Casa de protección: sede de tipo residencial para procesos de restablecimiento que requieren mayor tiempo de atención.
La modalidad concreta la determina la autoridad administrativa según la edad, la situación y el interés superior de cada niño.
¿Cuántos niños están en el sistema de protección?
Las cifras ayudan a dimensionar el reto. Según el Boletín Estadístico de la Dirección de Protección del ICBF con corte a febrero de 2024, en Colombia había aproximadamente:
- 6.612 usuarios en modalidad de internado, distribuidos en alrededor de 111 unidades de atención.
- 14.443 usuarios en hogar sustituto, en cerca de 5.476 hogares.
Detrás de cada número hay un niño con una historia. Y aunque el Estado sostiene el grueso de la respuesta, las necesidades de atención especializada, refuerzo educativo, nutrición y acompañamiento psicosocial superan con frecuencia la capacidad instalada, especialmente en los departamentos con mayor pobreza, como Chocó, La Guajira y Cauca.
Las cifras citadas corresponden al boletín del ICBF con corte a febrero de 2024 y pueden variar en publicaciones posteriores. Consulta siempre la fuente oficial actualizada antes de utilizarlas.
El ICBF no trabaja solo: el papel de las fundaciones
El ICBF es la entidad rectora, pero buena parte de la operación se realiza a través de operadores y entidades sin ánimo de lucro que prestan servicios bajo sus lineamientos técnicos. Aquí es donde una fundación complementa, sin sustituir, el trabajo estatal:
- Operando o apoyando modalidades de cuidado conforme a los estándares del ICBF.
- Reforzando la atención psicosocial, educativa y nutricional más allá de los mínimos.
- Acompañando la preparación para la vida adulta de los jóvenes que egresan del sistema de protección, una etapa crítica en la que muchos quedan sin red de apoyo.
Cómo lo hace Raíces de Futuro
Nuestro modelo 3P se articula precisamente con este sistema. En Protección Integral acompañamos a niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental en coordinación con el ICBF. En Prevención Comunitaria trabajamos para que menos niños lleguen a necesitar una medida de protección. Y en Preparación para la Vida acompañamos a los jóvenes en su transición a la autonomía.
Todo nuestro trabajo se rige por la Ley 1098 de 2006, por la coordinación con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y por una estricta política de transparencia y salvaguarda que protege la identidad y los datos de cada niño.
Cómo puedes ayudar
Sostener una atención de calidad para la niñez en protección requiere recursos estables. Puedes aportar de varias formas:
- Apadrinando a un niño desde COP $75.000 al mes, con certificado fiscal deducible del 25% en renta.
- Sumándote como voluntario o vinculando a tu empresa mediante una alianza.
- Compartiendo información rigurosa sobre la protección de la niñez en Colombia.
Y si conoces un caso de amenaza o vulneración de derechos de un niño, puedes comunicarte con la Línea 141 del ICBF (gratuita, 24 horas). La denuncia puede ser anónima.
Fuentes
- Ley 1098 de 2006 — Código de la Infancia y la Adolescencia (ICBF).
- ICBF — Modalidades de restablecimiento de derechos y portafolio de servicios (icbf.gov.co).
- ICBF — Boletín Estadístico de la Dirección de Protección, corte febrero de 2024.
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